La reforma monetaria de 1961 en Cuba

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 En agosto de 1961 el Banco Nacional de Cuba y sus trabajadores bancarios tuvieron una importantísima labor; el canje de billetes dispuesto por el Gobierno revolucionario, llevado a la práctica durante los días 6 y 7 de agosto de 1961. Este año se cumplieron 60 años de aquella fecha, por lo que la inmensa mayoría de los actuales trabajadores bancarios aún no había nacido.
Aunque lógicamente ya se habla poco del asunto, en su momento constituyó una operación de gran envergadura e importancia en el aspecto económico-financiero.

Para ello el Gobierno revolucionario dictó las leyes 963/61 y 964/61; la primera se decretó 4 días antes que la segunda, ya que no era conveniente que el contenido de esta última se conociera al mismo tiempo que el de la primera.

Presidente Osvaldo Dorticós y el Presidente del Banco Nacional Ernesto Che Guevara
La primera de las leyes, la 963/61, promulgada el 4 de agosto de 1961, estableció las condiciones generales para ejecutar el canje como sigue:
1. Dispuso que las Organizaciones Revolucionarias Integradas (ORI) quedaban encargadas del cumplimiento de la misma, debiendo coordinar sus funciones con el Banco Nacional de Cuba, encargado de la aplicación técnica del canje, y con las Fuerzas Armadas Revolucionarias, responsables de la custodia y transporte de los billetes.
El canje se estableció a la par, o sea, un billete nuevo por un billete viejo de igual denominación.
2. Se crearon centros de canje, a los cuales deberían acudir los ciudadanos a canjear los billetes en poder de los respectivos núcleos familiares. Para evitar grandes movilizaciones de nuevos billetes y asegurar una operación de canje rápida, la ley disponía que a cada uno de los ciudadanos se le canjearan de inmediato 200 pesos y con el resto, en los casos que existieran, se les abriera una cuenta especial para su canje posterior.
3. Los organismos, las empresas, los sindicatos, las organizaciones políticas y sociales, las sociedades y personas jurídicas de carácter privado no tenían que concurrir a los centros de canje, sino que procederían a depositar la totalidad de los billetes antiguos, el primer día del canje, en una cuenta especial que se abriría en la agencia bancaria donde mantuvieran su cuenta corriente de operaciones, a los fines de su posterior canje.
Para facilitar el canje al cuerpo diplomático acreditado en Cuba, se habilitó un centro especial de
canje en el Ministerio de Relaciones Exteriores.
4. Las personas que por fuerza mayor comprobable no pudieran efectuar el canje durante los dos días autorizados, podrían presentarse dentro del término de 60 días posteriores al último día de canje, ante la agencia bancaria más cercana a su domicilio para entregar los billetes antiguos en su poder, levantándose acta de la entrega.
5. Durante los dos días establecidos para el canje, se prohibió la llegada al territorio nacional de personas, aviones, buques y otras embarcaciones procedentes del extranjero, o sea, se cerraron las fronteras.
El 8 de agosto de 1961 se promulgó la Ley 964/61, que estableció la manera de proceder para el canje de los billetes viejos depositados en las cuentas especiales de las personas naturales y de las personas jurídicas, como sigue:
Las cuentas especiales abiertas a personas naturales que acudieron a realizar el canje portando más de 200 pesos, hasta la suma de 1000 pesos se canjearían de inmediato. Por el resto, hasta los 10,000 pesos, quedarían depositados en una cuenta especial, de la cual su titular solo podría extraer 100 pesos mensuales. El exceso del depósito inicial de los 10,000 pesos quedaba sin valor canjeable, o sea se perdía esta cantidad.
A las personas jurídicas privadas, una vez demostrada documentalmente su condición de industrial o de comerciante, se les canjeó de inmediato hasta la suma de 5,000 pesos. El resto, hasta los 10,000 pesos quedaría depositados en una cuenta especial de ahorro, de la cual su titular podrá extraer 100 mensuales. El exceso del depósito inicial de los 10,000 pesos, quedaba sin valor canjeable, entiéndase no era lícito ni permitido el cambio de más de 10 000 pesos por persona alguna y 1000 personas normales y hasta 5000 personas empresarios o industriales en el momento de asistir dinero en mano.
Cuando se produjo el canje de los billetes, el presidente del Banco Nacional de Cuba era Raúl Cepero Bonilla, pero el encargado de la operación desde su inicio en 1960 había sido el comandante Ernesto Guevara de la Serna, nombrado presidente del BNC el 26 de noviembre de 1959, por el nombramiento por Decreto 2261/59,, y hasta el 23 de febrero de 1961, en que cesó en estas funciones, fue su firma la que apareció en los nuevos billetes que comenzaron a circular.
En 1959, con el triunfo de la Revolución Cubana, Felipe Pazos Roque fue reasignado a su puesto de presidente del Banco Nacional de Cuba. Fue sustituido del cargo, a fines de ese mismo año, y nombrado embajador ante la Comunidad Económica Europea. Lo sustituye en el cargo como presidente del Banco el Comandante Ernesto Guevara de la Serna a partir de 26 de Noviembre de 1959 Por este motivo aparece circulante del año 1960 firmados por Felipe Pazos Roque, pues ya estaban mandados a hacer desde 1959.
También conoció de la operación anticipadamente Salvador Vilaseca Forné, vicepresidente del BNC en aquel entonces, persona de confianza del Che, y quien posteriormente también fue Presidente del Banco.
Contra los billetes presentados fueron entregados 292.2 millones de pesos en billetes nuevos y se constituyeron cuentas especiales tanto para personas naturales (396.3 millones), como jurídicas ( 31 millones).
BANCO NACIONAL DE CUBA
Nombre de los Presidentes Desde Hasta
Felipe Pazos Roque 1949 —10.03.52
Joaquín Martínez Sáenz 24.03.52 —12.1958
Felipe Pazos Roque 02.1959 —23.11.59
Ernesto Guevara 26.11.59 —23.02.61
Raúl Cepero Bonilla 23.02.61 —27.11.62
Luis Álvarez Rom 27.11.62 —01.08.63
Marcelo Fernández Font 01.08.63 —26.06.64
Salvador Vilaseca Forné 26.06.64 —21.06.65
Orlando Pérez Rodríguez 21.06.65– 04.12.73
Raúl León Torras 04.12.73 —23.10.85
Héctor Rodríguez Llompart 05.11.85 -23.01.95
Emisión de billetes de banco de 1960 impresa por la American Bank Note Company firmada por Ernesto Che Guevara como presidente del Banco Nacional
Nueva emisión de billetes encargada secretamente en la Imprenta Nacional de Valores de Praga, Checoslovaquia. Firmada por Ernesto Che Guevara
Lázaro Vergara
Blog NusmisMundial

 

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